Chihuahua

viernes 21 marzo, 2025

La SCJN discutirá reparación del daño en feminicidios

El caso de Fátima Quintana, asesinada en el 2015 cuando tenía 12 años, será revisado por la Suprema Corte de Justicia de la Nación luego de que el Estado de México rechazó reconocer a sus padres como víctimas indirectas del crimen, el fallo sería un precedente para la justicia en materia de feminicidios en México

Texto: Redacción de Pie de Página

Ciudad de México– En febrero del 2015 Fátima Quintana Gutiérrez  fue víctima de feminicidio a sus 12 años de edad. Su familia no fue reconocida como víctima indirecta del crimen, a pesar de las consecuencias emocionales, en la salud y el desaplazamiento forzado por acoso y amenazas en su contra.

Este miércoles 5 de marzo, la Suprema  Corte de Justicia de la Nación a través de la Primera Sala revisará el proyecto de sentencia de la Ministra Margarita Ríos Farjat en el Amparo Directo en Revisión 5363/2023, sobre este caso.

En este proyecto se discutirá y se definirá que la calidad de víctima indirecta dependerá del vínculo con la víctima y del impacto en sus familiares.

Los antecedentes van cuando el  Primer Tribunal Colegiado del Segundo Circuito negó a los padres de Fátima el reconocimiento formal como víctimas indirectas del delito de feminicidio, impidiéndoles acceder a la reparación del daño. Apelando a esta decisión el caso llegó a la Corte.

El proyecto señala que el reconocimiento de los padres como víctimas indirectas no debe depender de formalismos, sino del vínculo con la víctima, además de señalar que es inconstitucional establecer topes normativos para las reparaciones del daño.

“La SCJN tiene la oportunidad de corregir esta injusticia y sentar como precedente que la calidad de víctima indirecta no debe depender de formalismos, sino del vínculo con la víctima y el impacto en sus familiares (…) La Suprema Corte tiene en sus manos la oportunidad de consolidar un marco de justicia y reparación basado en el respeto a los derechos humanos, la perspectiva de género y el interés superior de la niñez”, señaló el OCNF en un comunicado.

Si el proyecto es aprobado, además de reconocer a los padres de Fátima como víctimas indirectas, el Máximo Tribunal ordenará medidas de satisfacción y de no repetición a cargo del Estado de México, por su responsabilidad solidaria ante la persistencia del contexto de violencia feminicida en la entidad y el incumplimiento a la obligación de prevenir estas violaciones graves a los derechos humanos de las mujeres, niñas y adolescentes.

Esto sería también un precedente en la lucha contra la impunidad y la violencia feminicida en México. Garantizar la reparación integral del daño en casos de feminicidio es un paso indispensable para reconocer el sufrimiento de las familias, dignificar la memoria de las víctimas y asegurar que el Estado asuma su responsabilidad en la protección de los derechos de las mujeres, niñas y adolescentes.

En febrero del 2015 fue asesinada brutalmente Fátima, en Lerma, Estado de México. Su familia debió desplazarse de manera forzada y, en noviembre de 2020, murió el hermano de Fátima, Daniel, murió a los 16 años de edad, víctima de negligencia médica y estatal mientras se encontraban en medida de protección en Monterrey, Nuevo León.  La muerte de Daniel  fue resultado de la impunidad y la falta de protección del Estado en el contexto del feminicidio de Fátima.

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Este texto fue publicado originalmente en Pie de Página, integrante de la Alianza de Medios de la Red de Periodistas de a Pie. Aquí puedes ver su publicación.

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